BASES LEGALES “LIBRO: EL LOCO DEL CONGO”

Este documento estará disponible en la dirección www.cuatro.com

1. Objeto

CONECTA5 TELECINCO, S.A.U. (en adelante, el “Organizador”), con CIF número A-82432279 y con domicilio social en Ctra. Fuencarral a Alcobendas, n º 4 28049 Madrid, organiza y gestiona la iniciativa denominada “LIBRO: EL LOCO DEL CONGO” (en adelante, la “Iniciativa”), que se publicita en la página web www.cuatro.com (en adelante, la “Web”), mediante la que se pretende premiar a un (1) participante con el libro titulado “El loco del Congo”.

2. Participación

Para poder participar en la presente Iniciativa se requiere lo siguiente:

- Ser mayor de edad.

- Cumplimentar y enviar el formulario habilitado para la presente Iniciativa, respondiendo a la pregunta “Qué fue aquello que paró tu sueño una vez y qué hiciste para remediarlo”.

- Ser residente en el territorio español a efectos legales en el momento de haber participado en la presente Iniciativa (DNI o Tarjeta de residencia).

- Sólo se admite una participación por cada dirección de correo electrónico.

Cada participante garantiza al Organizador la veracidad de los datos suministrados respondiendo de cualquier reclamación que reciba en caso de incumplimiento de tal garantía.

Tendrán la condición de participantes los usuarios que cumplan los requisitos anteriores y participen en la Iniciativa de acuerdo con los términos especificados en el apartado siguiente para el desarrollo de la misma (en adelante, los “Participantes”).

Quedan excluidos de esta Iniciativa todo el personal laboral del Organizador y de las empresas del Grupo Mediaset España así como sus familiares directos (hermanos, cónyuges, hijos y padres).

3. Mecánica

El Organizador elegirá, a su criterio, a un (1) ganador cuya respuesta sea la más original a la pregunta “Qué fue aquello que paró tu sueño una vez y qué hiciste para remediarlo” con el libro titulado “El loco del Congo”.

4. Duración

El plazo de participación comienza el 2 de julio de 2020 y finalizará el 19 de julio de 2020.

5. Garantías

5.1 Los Participantes ceden, sin límite temporal ni territorial alguno la totalidad de los derechos de propiedad intelectual que pudiera corresponderle sobre el contenido puesto a disposición del Organizador, respondiendo de su autoría, titularidad y originalidad y garantizando al Organizador el pacífico ejercicio de los derechos cedidos.

5.2 Los Participantes serán responsables de cualquier reclamación que reciba el Organizador, derivada del Contenido enviado para participar en esta Iniciativa, manteniendo indemne al Organizador frente a cualquier reclamación que éstas puedan recibir de cualquier tercero por tal motivo.

6. Premio

El premio consiste en el libro titulado “El loco del Congo”, con las siguientes características: Ver Para Crear de José Antonio Ruiz Díez. Editorial Planeta. Libro físico, no es electrónico. No es edición de bolsillo .

El Organizador elegirá un (1) ganador y un (1) suplente en función de la respuesta más original.

El Organizador s e lo comunicará al ganador telefónicamente, el 21 de julio de 2020.

El premio se enviará por mensajero al domicilio facilitado por el ganador, en el plazo de 14 días desde la aceptación por el ganador.

El ganador no puede transferir su derecho al premio a otra persona.

El Organizador se reserva el derecho a cambiar el carácter del premio en caso de que no sea posible, por motivos ajenos a la misma, la entrega del premio especificado en las presentes bases. En este caso, el Organizador se compromete a que el premio sea de análogas características a las del premio anunciado y/o a que su valor económico sea similar al del premio anunciado. Una vez efectuada la comunicación válida con el ganador, este deberá confirmar su aceptación o eventual renuncia en el plazo de 48horas, para mayor agilidad de la asignación correcta y completa de los premios de la Iniciativa. En caso de renuncia deberá hacerlo vía correo electrónico para mayor seguridad.

Aquellos premios cuya valoración sea superior a 300 € están sujetos a retención o ingreso a cuenta en virtud de lo dispuesto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), así como en el Reglamento del IRPF, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo. Por otra parte, de acuerdo con lo previsto en el artículo 33.1 de la citada Ley 35/2006, la obtención de un premio de este tipo constituye para su beneficiario una ganancia patrimonial a efectos de IRPF, al dar lugar a una variación en el valor de su patrimonio puesta de manifiesta por una alteración en su composición. El ganador no podrá renunciar al premio una vez que el mismo haya sido aceptado.

Para el caso de que los datos personales del ganador no fuera válido, o no haya sido posible contactar con él, en el citado plazo, o si hubiera manifestado el ganador su voluntad clara e inequívoca de renunciar al premio, pasadas 48horas no podrá reclamarse.

En el supuesto que no se pueda contactar con la persona ganadora o que por algún motivo a las mismas imputables, no se les pueda gestionar el premio, dentro de los dos días hábiles indicados, el Organizador contactará con las personas siguientes en la lista de suplentes.

7. Supervisión

Cualquier Participante que manipule los procedimientos de participación y/o que incumpla las bases contenidas en el presente documento será descalificado. También queda reservado el derecho de verificar por cualquier procedimiento que el Organizador estime apropiado que los ganadores cumplen con todos los requisitos de este documento.

8. Modificaciones de las Bases y/o anexos

El Organizador se reserva el derecho a realizar modificaciones – incluyendo la cancelación o suspensión anticipada de la Iniciativa – y/o a añadir anexos sucesivos sobre estas bases por motivos técnicos, operativos, comerciales publicando siempre estas modificaciones y/o anexos en la dirección www.cuatro.com

9. Protección de Datos de carácter personal

De conformidad con Reglamento (EU) nº 2016/679, de 27 de abril de 2016, el Organizador informa a los Participantes de la incorporación de los datos de carácter personal que faciliten en ejecución de esta Iniciativa, en sistemas y ficheros debidamente reflejados en el registro de tratamientos. Tales datos personales se utilizarán exclusivamente para la gestión de esta iniciativa y la entrega del premio a los ganadores, destruyéndose una vez finalizadas dichas tareas. La legitimación para el tratamiento de los datos es el consentimiento otorgado por el interesado mediante la aceptación de estas bases legales. Asimismo, le informamos de que sus datos podrán ser cedidos a la empresa de mensajería para la entrega del premio, en caso de resultar ganador del mismo.

CONECTA5, con domicilio en Madrid, Ctra. de Fuencarral-Alcobendas nº 4, como responsable del tratamiento, garantiza a los Participantes el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación y portabilidad, dirigiéndose al Delegado de Protección de Datos, a través de correo electrónico a la dirección privacidad@conecta5.es, debiendo remitir por escrito la concreta solicitud a la Unidad de Protección de Datos del titular. De igual modo, CONECTA5 se compromete, en la utilización de los datos incluidos en el fichero, a respetar su confidencialidad y a utilizarlos de acuerdo con la finalidad del fichero.

En la petición, se deberá adjuntar la siguiente información:

- Nombre, apellidos y DNI

- Iniciativa en la que ha participado

- Derecho que desea solicitar y contenido de su petición

- Número de teléfono sobre el que se desea ejercer el derecho anterior

10. Conflictos y Ley Aplicable

En caso de divergencia entre los usuarios y la interpretación de las presentes bases por parte del Organizador, serán competentes para conocer de los litigios que puedan plantearse los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid, renunciando expresamente los Participantes al fuero que pudiera corresponderles.

La participación en esta Iniciativa supone la aceptación expresa de las presentes bases y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe el Organizador.

En Madrid, a 1 de julio de 2020