BASES LEGALES “CUARTO MILENIO: UNA HISTORIA DE MIEDO”

Este documento estará disponible en la dirección www.cuatro.com

1. Objeto

CONECTA5 TELECINCO, S.A.U. (en adelante, el “Organizador”), con CIF número A-82432279 y con domicilio social en Ctra. Fuencarral a Alcobendas, n º 4 28049 Madrid, organiza y gestiona la iniciativa denominada “CUARTO MILENIO: UNA HISTORIA DE MIEDO” (en adelante, la “Iniciativa”), que se publicita en la página web www.cuatro.com (en adelante, la “Web”), mediante la que se pretende premiar a los 5 usuarios que envíen la respuesta más original con una entrada doble para visitar la Exposición Cuarto Milenio: una historia de miedo (ubicada en la c/ Duque de Sesto, 27, 28009 Madrid), una taza y una camiseta.

2. Participación

Para poder participar en la presente Iniciativa se requiere lo siguiente:

Cada participante garantiza al Organizador la veracidad de los datos suministrados respondiendo de cualquier reclamación que reciba en caso de incumplimiento de tal garantía.

Tendrán la condición de participantes los usuarios que cumplan los requisitos anteriores y participen en la Iniciativa de acuerdo con los términos especificados en el apartado siguiente para el desarrolla de la misma (en adelante, los “Participantes”).

Quedan excluidos de esta Iniciativa todo el personal laboral del Organizador y de las empresas del Grupo Mediaset España así como sus familiares directos (hermanos, cónyuges, hijos y padres).

3. Mecánica

El Organizador elegirá las 5 respuestas más originales de todas las recibidas por los usuarios mediante la web.

4. Duración

El plazo de participación comienza el 12 de junio de 2019 y finalizará el 26 de junio de 2019.

5. Garantías

5.1 Los Participantes ceden, sin límite temporal ni territorial alguno la totalidad de los derechos de propiedad intelectual que pudiera corresponderle sobre el Contenido puesto a disposición del Organizador, respondiendo de su autoría, titularidad y originalidad y garantizando al Organizador el pacífico ejercicio de los derechos cedidos y haber obtenido la autorización necesaria de cuantas personas e imágenes aparecen en el contenido enviado.

De este modo, el Organizador podrá utilizar como considere oportuno el material recibido, cortando y/o editando, el texto para la difusión en los medios de comunicación que libremente determine y, concretamente, a través de las páginas web del grupo Mediaset España.

5.2 Los Participantes serán responsables de cualquier reclamación que reciba el Organizador, derivada del contenido enviado para participar en esta Iniciativa, manteniendo indemne al Organizador frente a cualquier reclamación que éstas puedan recibir de cualquier tercero por tal motivo.

6. Premio

El premio consiste en 5 packs compuestos de:

El Organizador se lo comunicará a los 5 ganadores mediante teléfono 27 de junio de 2019.

Los ganadores recibirán el premio en el mismo momento de la visita a la Exposición en el Espacio Fandome, sito la c/ Duque de Sesto, 27, 28009 Madrid

El Organizador no se hace cargo de los gastos de desplazamiento y/o alojamiento en que incurran los ganadores por asistir al evento.

El Organizador se reserva el derecho a cambiar el carácter del premio en caso de que no sea posible, por motivos ajenos a la misma, la entrega del premio especificado en las presentes bases. En este caso, el Organizador se compromete a que el premio sea de análogas características a las del premio anunciado y/o a que su valor económico sea similar al del premio anunciado.

Una vez efectuada la comunicación válida con el ganador, este deberá confirmar su aceptación o eventual renuncia en el plazo de 48horas, para mayor agilidad de la asignación correcta y completa de los premios de la Iniciativa. En caso de renuncia deberá hacerlo vía correo electrónico para mayor seguridad. Aquellos premios cuya valoración sea superior a 300 € están sujetos a retención o ingreso a cuenta en virtud de lo dispuesto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), así como en el Reglamento del IRPF, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.

Por otra parte, de acuerdo con lo previsto en el artículo 33.1 de la citada Ley 35/2006, la obtención de un premio de este tipo constituye para su beneficiario una ganancia patrimonial a efectos de IRPF, al dar lugar a una variación en el valor de su patrimonio puesta de manifiesta por una alteración en su composición. El ganador no podrá renunciar al premio una vez que el mismo haya sido aceptado.

Para el caso de que los datos personales del ganador no fuera válido, o no haya sido posible contactar con él, en el citado plazo, o si hubiera manifestado el ganador su voluntad clara e inequívoca de renunciar al premio, pasadas 48horas no podrá reclamarse.

En el supuesto que no se pueda contactar con la persona ganadora o que por algún motivo a las mismas imputables, no se les pueda gestionar el premio, dentro de los dos días hábiles indicados, el Organizador contactará con las personas siguientes en la lista de suplentes.

7. Supervisión

Cualquier Participante que manipule los procedimientos de participación y/o que incumpla las bases contenidas en el presente documento será descalificado. También queda reservado el derecho de verificar por cualquier procedimiento que el Organizador estime apropiado que los ganadores cumplen con todos los requisitos de este documento.

8. Modificaciones de las Bases y/o anexos

El Organizador se reserva el derecho a realizar modificaciones – incluyendo la cancelación o suspensión anticipada de la Iniciativa – y/o a añadir anexos sucesivos sobre estas bases por motivos técnicos, operativos, comerciales, o de audiencia, publicando siempre estas modificaciones y/o anexos en la dirección www.cuatro.com

9. Protección de Datos de carácter personal

De conformidad con Reglamento (EU) nº 2016/679, de 27 de abril de 2016, CONECTA5 informa a los Participantes de la incorporación de los datos de carácter personal que faciliten en ejecución de esta Iniciativa, en sistemas y ficheros debidamente reflejados en el registro de tratamientos titularidad de CONECTA5. Tales datos personales se utilizarán exclusivamente tanto para la gestión de esta iniciativa y la entrega del premio al ganador, como para la realización de cualquier actividad publicitaria, promocional o de marketing relacionada con la presente Iniciativa, así como los servicios o los productos del titular, destruyéndose una vez finalizadas dichas tareas Los destinatarios de la información contenida en el fichero serán los servicios operativos y comerciales de CONECTA5

CONECTA5, con domicilio en Madrid, Ctra. de Fuencarral-Alcobendas nº 4, como responsable del fichero, garantiza a los Participantes el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación y portabilidad, dirigiéndose al Delegado de Protección de Datos, a través de correo electrónico a la dirección privacidad@mediaset.es, debiendo remitir por escrito la concreta solicitud a la Unidad de Protección de Datos del titular. De igual modo, CONECTA5 se compromete, en la utilización de los datos incluidos en el fichero, a respetar su confidencialidad y a utilizarlos de acuerdo con la finalidad del fichero.

En la petición, se deberá adjuntar la siguiente información:

10. Conflictos y Ley Aplicable.

En caso de divergencia entre los usuarios y la interpretación de las presentes bases por parte del Organizador, serán competentes para conocer de los litigios que puedan plantearse los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid, renunciando expresamente los Participantes al fuero que pudiera corresponderles.

La participación en esta Iniciativa supone la aceptación expresa de las presentes bases y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe el Organizador.

En Madrid, a 12 de junio de 2019